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CEOPs
Contratos Especiales de Operación (CEOPs)
Un CEOP es un Contrato Especial de Operación que el Estado celebra con un contratista para la exploración, explotación y beneficio de yacimientos de hidrocarburos, con los requisitos y bajo las condiciones que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso décimo del número 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile, fije por decreto supremo el Presidente de la República.

La Constitución Política establece que "el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de los depósitos de hidrocarburos". Asimismo, la ley minera establece que se pueden entregar en concesión para exploración y explotación los minerales metálicos y no metálicos, exceptuándose los hidrocarburos líquidos y gaseosos, en los que el Estado se reserva la propiedad de dichos recursos.

La participación del sector privado en las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos queda determinada por la misma Constitución Política la cual establece que: "La exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo".

Los CEOPs se celebran entre el Estado y el contratista, el cual puede estar conformado por una o más empresas nacionales o extranjeras, para desarrollar actividades de exploración y/o explotación de estos recursos. El Ministerio de Minería es quien tiene la representación del Estado para suscribir los CEOP, lo que puede hacer por negociación directa o mediante licitación.

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